La papeleta de conciliación es el paso inicial, y obligatorio, de cualquier reclamación laboral. Su obligatoriedad es desconocida por muchos trabajadores que acuden a nuestro despacho con cuestiones como: ¿qué es la papeleta de conciliación laboral?, ¿cómo se presenta esta papeleta de conciliación? o ¿ qué plazo hay presentar las papeletas de conciliación?
Los abogados laboralistas han creado esta guía sobre la papeleta de conciliación, con la intención de informar a los posibles trabajadores que han sufrido un despido, quieren iniciar una reclamación de cantidad o hacer valer sus derecho ante la empresa. En cualquiera de estos casos, y previo a la información que va a leer, nuestra recomendación es siempre ponerse en manos de abogados expertos en materia laboral.
La información sobre este paso previo administrativo, es general, por lo que le recomendamos que se informe mediante este artículo, pero siempre tenga en cuenta las posibles peculiaridades de su caso. Si tiene cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros mediante vía telefónica o el formulario de contacto. Un abogado laboralista resolverá sus dudas y le ofrecerá una opinión profesional.
La papeleta de conciliación: ¿qué es? ¿por qué es importante realizar bien esta primera reclamación laboral?
Lo primero que debemos saber es «¿qué es la papeleta de conciliación laboral?». La papeleta de conciliación laboral es una exigencia de nuestra normativa laboral, más concretamente del artículo 63 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Más concretamente es el paso previo obligatorio al inicio de cualquier procedimiento judicial en el Orden Social. La intención es intentar una acuerdo entre trabajador y empresa para evitar un procedimiento ante el juzgado.
Es obligatorio presentar la papeleta y celebrar un acto de conciliación ante los Servicios de Mediación y Arbitraje de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. Más concretamente, de no haber presentado dicha papeleta, la futura demanda será inadmitida.
Uno de los grandes problemas a los que se enfrentan los abogados laborales, y por lo que es muy importante ser asesorado del el primer momento en la redacción de la papeleta, es que el contenido de la papeleta marcará los límites de la futura demanda.
Esto quiere decir que lo que no conste en esta primer reclamación previa ante los servicios de mediación o SMAC, no podrá añadirse en la demanda, por lo que podemos perder los plazos para una reclamación por despido por ejemplo o no haber fundamentado lo suficiente nuestra reclamación.
Un consejo, a pesar de que la jurisdicción social permite acudir a toda la reclamación sin abogado o graduado social, es que se deje asesorar por abogados expertos en materia laboral, no ponga en riesgo sus derechos o indemnizaciones.
Dicho lo anterior vamos a orientarle con una serie de consejos, todos ellos en base a nuestra experiencia y a las cuestiones más habituales que los trabajadores nos realizan.
¿Dónde presentar la papeleta de conciliación laboral?
La duda más habitual es saber dónde se presenta la papeleta de conciliación, tanto la reclamaciones por despido como para reclamaciones de cantidad y derechos de los trabajadores. Nuestra normativa laboral permite que la reclamación previa se realice en el lugar de prestación efectiva del trabajo.
En cada Comunidad Autónoma existe un Servicio de Mediación o Arbitraje encargado de gestionar esta clase de reclamaciones previas y además de celebrar los actos de conciliación ante sus funcionarios. En caso de que usted se encuentre en la Comunidad de Madrid, deberá presentar la papeleta de conciliación en el Registro del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, S.M.A.C. situado en C/ Princesa, 5 – planta baja.
No obstante, podrá presentarlo también en cualquier Registro Público de la Comunidad de Madrid. Nuestra recomendación es, presentarlo en el registro que le hemos indicado más arriba. Una vez que sabes dónde se presenta, vamos a ver cómo hacerlo.
¿Cómo presentar la papeleta de conciliación laboral?
Tan importante es saber dónde, como cómo presentar la papeleta de conciliación y cómo rellenarla correctamente. Si usted acude a un abogado laboralista, él se encargará se su cumplimentación o redactará una papeleta con todos los datos necesarios. Como ya hemos avanzado, recomendamos ser asesorados en este paso, pero si usted no quiere contar con asesoramiento profesional, existen modelos normalizados que puede descargar, imprimir y presentar.
En cualquier caso, podrá solicitar el modelo en los Registros de los Servicios de Mediación y Arbitraje de cada Comunidad Autónoma. Aquí le exponemos el ejemplo de la papeleta para solicitar el correspondiente acto de conciliación de la Comunidad de Madrid.
.- ¿Qué puedo reclamar mediante esta papeleta?
- Cualquier tipo de despido.
- Reclamaciones de cantidad o reconocimiento de derechos en general.
- Sanciones disciplinarias.
- Clasificación profesional.
- Resoluciones de contrato a instancia del trabajador.
- Conflictos colectivos.
.- ¿Qué datos deben constar en la papeleta de conciliación laboral?
- Datos completos del trabajador.
- Datos profesionales del trabajador: categoría profesional u oficio, antigüedad en la empresa, salario,…
- Los hechos por los que estima pertinente la reclamación. Deberán estar redactados de manera clara y sin valoraciones personales.
- Fecha del despido, si la motivación de la reclamación es esta.
- Fecha y firma.
- Tantas copias como partes interesadas haya y dos copias más.
Estos serán los datos básicos que se deben aportar en el escrito de papeleta de conciliación laboral, con ello ya sabemos cómo rellenar la papeleta y qué contenido mínimo debe tener. No obstante, en los modelos normalizados de cada Comunidad Autónoma, constan todos los datos que debemos rellenar, por lo que no se preocupe. En caso de acudir a un abogado laboralista, el mismo se ocupa de todo y usted no tendrá que preocuparse de nada.
La conciliación laboral: los plazos y la consecuencias del mismo
Una vez presentada la correspondiente papeleta de conciliación, se citará a las partes para la celebración del intento de conciliación laboral. Este acto se realiza en los SMAC de las Comunidades Autónomas frente a un funcionario público. La normativa exige que este acto de conciliación se celebre en un plazo no superior a los 15 días hábiles.
Al acto de conciliación debemos asistir nosotros mismos o apoderar a nuestro representante si no queremos acudir por la razón que sea. En muy importante no dejar de acudir a este acto dado que de no hacerlo perderos la opción de iniciar la reclamación judicial si el plazo está casi agotado.
En este acto de conciliación, el letrado de la Comunidad o funcionario recogerá en un acta lo acontecido. Podrán darse varias opciones, pero por lo general las mismas son: acuerdo entre trabajador y empresa, sin acuerdo entre trabajador y empresa y la no comparecencia de empresa. En las dos últimas opciones, será necesario acudir a la vía judicial.
Esperamos que esta información le sea de ayuda para comprender la vía previa en cualquier reclamación laboral, en cualquier caso, si tiene cualquier duda o cuestión, puede ponerse en contacto con nosotros y un abogado laboralista resolverá sus cuestiones.
Pau Garcia
Pau García es experto en derecho laboral y financiero. El se encarga de que los contenidos del fogasa.es sean perfectos y ayuden a la mayor gente posible.